domingo, 25 de octubre de 2009

Patagonia desde el borde

viernes, octubre 23, 2009
RIO SENGUER: EX INTENDENTES Y EX CONCEJALES ENFRENTAN UN JUICIO POR FRAUDE
En la Cámara Primera de Comodoro Rivadavia tuvo lugar el Juicio Oral y Publico, en el marco de una causa por administración fraudulenta, a raíz de una ordenanza sobre regularización de las tierras en la zona de los lagos Fontana y La Plata, aprobada por el concejo Deliberante de Río Senguer el 16 de noviembre del año 2001. En esta causa fueron imputados la ex intendenta Maria Graciela Vidal (U.C.R), Sandra Noemí Suárez, y los ex concejales Juan Héctor Prieto, Adrián Nieva Martínez, Analacio Bustamante, Raúl Ángel Martín, Ramón Argentino Soto.

LOS HECHOS

De acuerdo a la investigación de la Fiscalia los días previos al 16 de noviembre del año 2001, la intendente municipal de Río Senguer, Graciela Vidal remitió al Concejo Deliberante de esa localidad un proyecto, luego aprobado como ordenanza 191/01 en el que se hacia constar que los ocupantes de las tierras incluidas en dicho proyecto cumplían con los requisitos exigidos por las ordenanzas, a sabiendas que ello no era así.

Asimismo, en ninguno de los supuestos se había dado intervención a la Dirección general de Bosques y Parques ni a la Dirección de Catastro y Geodesia de la Provincia.

Entre otras irregularidades se señala que el Concejo Deliberante trato y sanciono la ordenanza sin contar para ello con los respectivos expedientes de cada uno de los beneficiarios de la norma que procedían a sancionar.

En este sentido, se supo para lograr la sanción de la ordenanza participo y voto afirmativamente el ex Concejal Juan Héctor Prieto, destacando que una de las adjudicaciones que se pretendía concretar con el proyecto, estaba vinculada a parcelas que inicialmente había accedido el edil y mediante una maniobra de transferencia de titularidad se termino colocando como adjudicataria a su pareja, Sandra Noemí Suárez.

Para la Fiscalia, la imputada Vidal conocía las irregularidades contenidas tanto en el proyecto que envió, como en la sanción de la ordenanza y aun así la promulgo.

En este contexto, sostienen que la ex intendente de Senguer, no conforme con lo actuado, continuo con su ilegal actividad procurando consolidar el fraude, suscribiendo convenios con los beneficiarios de la ordenanza, produciendo con ello perjuicio real a la Administración Publica, pues se intentó acordar derechos a quienes no lo tenían.

A modo de ejemplo señalan que a “Don Moisés S.R.L” se le fijaron valores muy inferiores a los dispuestos por la ordenanza y sobre una superficie aproximada.

LOS TESTIGOS

Solamente la imputada Sandra Suárez ofreció su testimonio y sostuvo que en ningún momento participo ni dio su consentimiento para esta situación.

A su turno, declaro la ex concejal Juana Rojas quien indico que había participado de sesiones anteriores a las del tratamiento del tema y que el proyecto fue presentado por Vidal y su equipo de gobierno. Entre otros aspectos señalo que ella le había indicado a Prieto que no podía votar la ordenanza debido a que existía una cesión de tierras a favor de Sandra Suárez-su pareja en ese momento-, pero el edil igualmente emitió su voto favorable.

También sostuvo que todos los beneficiarios por la ordenanza tenían ocupación anterior a excepción de Sandra Suárez, pero no con las denominaciones que aparecían en la ordenanza citando como ejemplo el caso de “Don Moisés.S.R.L”

En el relato sobre las diferencias que surgieron a raíz de esta situación, indico que el bloque de concejales oficialistas de aquel momento no había actuado de esa forma por torpeza o ignorancia sino obedeciendo las iniciativas de la ex intendente. Asimismo manifestó que algunos adjudicatarios compraron tierras al valor 45 pesos la hectárea y otros en sumas cercanas a los 3000 pesos.

Por su parte la testigo Graciela Cigudosa indico que en esa sesión especial, no estaban los expedientes de las tierras y al solicitarlos perdió la votación por cinco a uno. También ofrecieron sus versiones sobre la situación otros cuatro testigos

LOS ALEGATOS

En los alegatos, los representantes de la querella consideraron que estaban probados los hechos, por los que fueron llevados a juicio los imputados, detallaron falencias e irregularidades en la situación de los expedientes y solicitaron la pena de cinco (5) años de prisión para Graciela Vidal y dos (2) años de prisión para el resto de los acusados.

Por su parte el Fiscal Dr. Raúl Coronel indico que no cabían dudas que días previos al 16 de noviembre del año 2001, la por entonces intendente de Alto Río Senguer Graciela Vidal, remitió al Concejo Deliberante de esa localidad un proyecto de ordenanza que luego fue aprobada como ordenanza 191/01.

En este sentido el Fiscal indico que esta probado que en esa fecha sin ningún tipo de discusión o tratamiento previo el Concejo Deliberante de Río Senguer aprobó el proyecto remitido por el Ejecutivo Municipal, votando para lograr el quórum necesario, los concejales imputados en esta causa, poniendo de manifiesto su disconformidad la Sra. Concejal Graciela Palmira Cigudosa.

Asimismo, sostuvo que estaba acreditado que para el dictado de tal ordenanza, los concejales no tuvieron a su alcance ninguno de los expedientes de los beneficiarios.

En este contexto manifestó que estaba demostrado que para lograr el quórum que exigía la norma vigente (Art.53 de la provincial 3098), para permitir la aprobación de la ordenanza, participo y voto afirmativamente el Concejal Juan Héctor Prieto, quien luego resultaría beneficiario de la adjudicación que se resolvía con la ordenanza.

También advierte que quien resultara adjudicataria Sandra Noemí Suárez había manifestado en la audiencia que nunca había solicitado esos terrenos y que nunca había realizado ninguna transacción con Prieto, sosteniendo que el imputado aun mantenía la posesión de las tierras.

Para el Fiscal la sesión extraordinaria del 16 de noviembre fue convocada para tratar como único tema el vinculado a la regularización de las tierras en la zona de los Lagos Fontana y La Plata, no obstante ello, ya resuelta la aprobación de la ordenanza, se agrega la desafectacion del lote 6 fracción A Sección GIII, una superficie de 42 hectáreas para destino a pastoreo y esto fue así pues se había resuelto adjudicar tierras que estaban reservadas, tal como ocurrió con las reservas previstas en la ordenanza 55/98.

Así las cosas, para la Fiscalia esta probado que el 23 de noviembre del 2001 la ex intendente Vidal dicto el decreto Nº 07/01, con el que se promulgaba la ordenanza Nº 191/01, haciéndolo sin ningún tipo de control respecto de la legalidad, regularidad y legitimidad de la norma y aun a pesar del cuestionamiento que le habían presentado las Concejales Cigudosa y Rojas. El testimonio de esta ultima fue contundente para permitir que visualizar que la determinación de dictar e instrumentar la ordenanza cuestionada, surgió de la ex intendente y fue acompañada por los concejales de su bloque en un acto de obediencia y no por torpeza o desconocimiento. En tanto, Prieto se presto a la aprobación, porque con ello conseguía la adjudicación de tierras.

Para la Fiscalia, estos testimonios permiten afirmar que los imputados estaban avisados de las irregularidades y se negaron siempre a revisar la situación y la ex intendente a no resolver el planteo administrativo, que le hicieron Juana Rojas y Graciela Cigudosa.

Asimismo utilizo los testimonios de Casaroza, Verde y la documentación colectada en la investigación como parte de los fundamentos de su alegato

PEDIDO DE PENA

El Ministerio Publico Fiscal sostiene que tanto la ex intendente Vidal como el resto de los concejales han incurrido en administración fraudulenta agravada por tratarse de la Administración Publica. Esta probado que los imputados han abusado de la autoridad violando los deberes del funcionario publico.

Por lo expuesto pidió que le impongan a Maria Graciela Vidal y a Juan Héctor Prieto la pena de seis (6) años de prisión, e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

En tanto, requirió que se le imponga a Adrián Nieves Martines, Analicio Bustamante, Raúl Ángel Martín y Ramón Argentino Soto, la pena de cuatro ( 4) años de prisión, e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y la absolución para Sandra Noemí Suárez.

Finalmente se informo que el próximo 29 de octubre se realizar la lectura de la sentencia.


FUENTE: Patagonia desde el borde

http://comunicacionpatagonica.blogspot.com/2009/10/rio-senguer-ex-intendentes-y-ex.html

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